
Una de las dudas más comunes al acudir a un despacho de abogados tras un despido es pensar que este siempre será nulo. Sin embargo, esta creencia no es del todo correcta, ya que no todos los despidos cumplen con los requisitos legales para ser declarados nulos.
¿Qué condiciones hacen que un despido sea nulo?
Para determinar si un despido es nulo, es fundamental analizar las circunstancias específicas de cada caso. Según el Estatuto de los Trabajadores, solo ciertos supuestos legales pueden llevar a esta calificación.
Si el despido cumple con dichas condiciones, será necesario impugnarlo ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de la localidad donde se prestaban los servicios. En caso de no alcanzar un acuerdo con la empresa en esta instancia, se deberá presentar una demanda por la vía judicial.
¿Qué ocurre si el juez declara nulo el despido?
Cuando el juez declara que el despido es nulo, el trabajador tiene derecho a:
- Reincorporarse a su puesto de trabajo.
- Recibir los salarios dejados de percibir desde el momento del despido hasta su reincorporación.
Esta resolución busca garantizar la reparación de los derechos vulnerados durante el proceso de despido.
¿Y si no es un despido nulo?
Si no se cumplen las condiciones establecidas en el Estatuto de los Trabajadores, lo más probable es que el despido sea considerado improcedente, una situación muy habitual en el ámbito laboral.
En estos casos, el trabajador puede intentar alcanzar un acuerdo con la empresa para que se reconozca la improcedencia del despido y recibir la indemnización correspondiente. Si la empresa no se presenta al acto de conciliación o no se llega a un acuerdo, será necesario acudir a los tribunales. Allí, un juez determinará si el despido es improcedente y, en su caso, ordenará el pago de la indemnización legalmente establecida.
¿Es obligatorio acudir a un acto de conciliación?
En la mayoría de los casos, excepto en despidos de empleados públicos, es obligatorio participar en un acto de conciliación antes de acudir a la vía judicial.
Si la empresa, a pesar de haber recibido correctamente la notificación del acto, decide no asistir, el trabajador puede incluir en su demanda una solicitud de multa económica contra la empresa por no cumplir con este trámite previo.
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